lunes, 28 de abril de 2014

Reniec llevo a cabo selección aleatoria de candidatos a titulares y suplentes del Jurado Electoral Especial de Yauyos

El pasado 21 de abril de 2014, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) se llevo a cabo la selección aleatoria de los ciudadanos candidatos a ser miembros titulares y suplentes del Jurado Electoral Especial de Yauyos para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014, que en las próximas semanas ya deberá instalarse en la capital de la provincia de Yauyos.
El sorteo se llevo a cabo con la presencia de funcionarios de RENIEC Abog. Katiuska Valencia Segovia, Sr. Daniel Sedan Villacorta y Sr. Miguel Vílchez Plasencia en representación del Jurado Nacional de Elecciones. Además de la presencia del Notario Mario Romero Valdivieso; dando cumplimiento así al artículo 33° de la Ley N° 26486 - Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, modificada por Ley N° 29688; donde establece que los Jurados Electorales Especiales están constituidos por tres miembros, uno de los cuales es designado, mediante sorteo en acto público, de una lista de veinticinco ciudadanos que residan en la sede del Jurado Electoral Especial y que se encuentren inscritos en el Reniec. Dicha lista es elaborada, mediante selección aleatoria, sobre la base computarizada de los ciudadanos de mayor grado de instrucción en cada circunscripción electoral. Asimismo, la norma citada señala que las listas de los ciudadanos seleccionados son publicadas una sola vez en el diario oficial El Peruano para la provincia de Lima, en el diario de avisos judiciales para las demás provincias y, a falta de este, mediante carteles que se colocan en los municipios y lugares públicos de la localidad.
Por lo tanto, la lista seleccionada lo conforman un total de 25 ciudadanos, sobre la base computarizada de los ciudadanos que residan en el distrito de Yauyos (Capital de provincia) y no se encuentran comprendidos dentro de los impedimentos del artículo 12 de la Ley N° 26486.
Los seleccionados son:
01.- Estela Gloria Mayta Sierra DNI 16281506
02.- Carlos Jorge Pascual Curi DNI 08432371
03.- Charo Edith Huaraca Custodio DNI 16281564
04.- Margarita Tabita Tacsa Rojas DNI 16281505
05.- Eda Lourdes Carrion Martinez DNI 16281618
06.- Wilfredo Concepcion Pio Rosales DNI 16280142
07.- Celia Rodriguez Hervacio DNI 08903574
08.- Zoraida Melgarejo Silvestre DNI 09065633
09.- Medalith Janet Suyo Martinez DNI 15433171
10.- Herles Cairo Hurtado DNI 19844259
11.- Joel Vivas Vivas DNI 16281754
12.- Gustavo Henry Gutierrez Hinostroza DNI 16280418
13.- Milagros Viviana Pascual Sanchez DNI 10713138
14.- Luis Antonio Gutierrez Hinostroza DNI 16281961
15.- Eduardo Simeon Hinojosa Aguirre DNI 20000467
16.- Pedro Walter Sierra Hurtado DNI 16281953
17.- Janet Macaria Mayta Sierra DNI 16281654
18.- Carmen Esperanza Rios Robles DNI 06203107
19.- Delsy Teodora Reyes Jimenez DNI 15358802
20.- Victor Hector Sierra Vargas DNI 16281915
21.- Lucila Leonor Marin Chavez DNI 27074668
22.- Alejandro Ciriaco Vivas Vilca DNI 15381567
23.- Juanita Filadelfia Arenas Vivas    DNI  16281500
24.- Pitter Luis Vivas Vivas DNI 16281761
25.- Alberto Jacinto Salaman Rodriguez DNI 20099346
Es en el marco de la disposición legal, eventualmente, donde podrían ser designados como miembros integrantes de un Jurado Electoral Especial, y las actividades que siguen a dicha selección aleatoria, tales como la publicación de dichas listas, acto a partir del cual se computa el plazo para interponer tachas, y la notificación a los ciudadanos comprendidos en las mencionadas listas.